Pasaron más de tres décadas antes de que la Academia Sueca entregara el premio Nobel de Economía a un científico social no economista. Durante ese lapso fueron reconocidos con la medalla de oro de la Fundación Nobel medio centenar de economistas, todos de nacionalidad europea o estadounidense y, con dos honrosas excepciones, todos hombres de raza blanca.[1] No fue hasta 2002, ya entrado el siglo XXI, cuando el reputado premio fue entregado al psicólogo israelí Daniel Kahneman, padre de la economía conductual y uno de los pensadores económicos vivos más influyentes.
Decir pensador en el caso de Kahneman es más que un simple eufemismo; es admitir que este científico judío ha dedicado la mayor parte de su vida a enseñar a pensar, rápida o lentamente según sea el caso, tal y como sugiere uno de sus libros más famosos. Por años, Kahneman ha estado inmerso en el mundo de las decisiones y los juicios humanos. Sus investigaciones le han permitido explicar los frecuentes errores que se cometen al emitir juicios o tomar decisiones, provocados por sesgos cognitivos y sociales como la sobre confianza, el excesivo optimismo o la estereotipificación de las minorías.
Como suele ocurrir con quienes piensan profundamente sobre un tema, con el paso del tiempo, Kahneman fue descubriendo otro factor de influencia en el error humano; uno, quizás más importante que el sesgo. Se trata del ruido, ese componente del error en los juicios humanos irregular y no sistemático. Tanto se interesó Kahneman por este tema que acaba de publicar, junto a Cass R. Sunstein, director del Programa de Economía del Comportamiento y de Políticas Públicas de Harvard y a Olivier Sibony, profesor de estrategias de la Universidad de París, Ruido, un interesante libro sobre las fallas en los juicios humanos en distintas instancias.
La riqueza de aplicaciones que tiene la teoría de Kahneman y sus coautores es enorme. Desde los pronósticos económicos hasta los diagnósticos médicos, pasando por la selección de estudiantes en las universidades y las contrataciones laborales en las empresas, las interacciones donde el juicio humano está afectado por el ruido abundan. Irónicamente, uno de los lugares donde el ruido está presente y es con frecuencia la razón de grandes injusticias, es en las sentencias emitidas por un tribunal. A propósito de los múltiples procesos legales de alto perfil que se vienen llevando a cabo en el país y en otras naciones latinoamericanas y de lo importante que es un sistema de justicia eficiente para la democracia, el resto del artículo se concentra en el rol que juega el ruido en las sentencias judiciales.
Primero, lo básico, ¿cómo entra el ruido en las decisiones judiciales y cuáles son sus efectos? Todo comienza porque por más información que se tenga, las sentencias judiciales siempre se emiten en un ambiente de incertidumbre. Quien juzga no estuvo presente cuando se cometió el delito y, por tanto, no conoce con certeza los hechos. Dada esta realidad, es normal que los jueces al evaluar casos similares emitan condenas diferentes. Este tipo de ruido o variabilidad no sistémica en las sentencias es tolerable. El ruido solo comienza a ser un problema serio para el sistema judicial cuando la dispersión en las sentencias es la norma, es decir, cuando con frecuencia inusitada, distintos jueces emiten sentencias muy diferentes para delitos similares.
Para ilustrar este punto y de paso diferenciar el ruido del sesgo, el otro componente del error en los juicios humanos, hagamos un ejercicio hipotético. Supongamos que en una sociedad dada existe consenso de que un robo a una farmacia pequeña sin heridos amerita una condena en torno a tres años de prisión. Si al revisar una historia larga de sentencias emitidas por casos similares en dicha sociedad se observan condenas de cárcel que oscilan entre uno y diez años, el sistema es ruidoso. Si, por el contrario, el mismo análisis indica que las condenas de distintos jueces fluctúan entre cuatro y seis años de cárcel, se podría decir que el sistema está sesgado y el juez típico consistentemente emite condenas superiores a las aspiraciones de la sociedad.
Lo cierto es que tanto el sesgo como el ruido están presentes en aquellas instancias donde los seres humanos toman decisiones o emiten juicios. Identificar qué parte de los errores se debe al sesgo y qué proporción al ruido es la primera tarea que se debe realizar cuando se quiere mejorar un sistema.[2] La reducción del riesgo requiere de medidas distintas que la disminución o eliminación del sesgo. Para ilustrar este punto, tomemos un caso de política de reducción del ruido en el sistema judicial norteamericano discutido en Kahneman et al (2020).
En 1973, un juez estadounidense defensor de los derechos humanos, Marvin Frankel, cuestionó fuertemente el sistema judicial de Estados Unidos por emitir sentencias marcadamente diferentes para delitos similares con una frecuencia mucho mayor a lo deseado. Con sus argumentaciones, Frankel puso sobre el tapete el viejo debate, famoso además en las ciencias económicas, de regla vs discrecionalidad en la toma de decisiones.
Tradicionalmente, en los sistemas judiciales del mundo la norma ha sido la discrecionalidad en la toma de decisiones. Bien sea en países industrializados o en economías en desarrollo, la práctica común es dejar la administración de justicia en manos de una persona (un juez) o de un grupo de personas (un jurado). Una alternativa, es el establecimiento de reglas para cada caso posible de manera tal que un sistema computacional o de información, siguiendo dichas reglas, dicte sentencia. Esta opción casi siempre es desechada por considerarse que su adopción implica una deshumanizar la pena.
Los argumentos de Frankel basados mayormente en anécdotas y vivencias fueron enriquecidos en los años siguientes por psicólogos y economistas que desarrollaron una literatura empírica orientada a explicar el ruido en las sentencias judiciales en Estados Unidos (EE. UU.) y otros países. La principal conclusión de esta literatura es que en sistemas ruidosos los años de condena dependen, en gran medida, de una suerte de lotería, es decir, de la forma como se asignan los jueces a cada caso en particular.
Para Frankel y sus seguidores, los efectos del ruido sobre el sistema resultaban inaceptables. En consecuencia, iniciaron una cruzada que culminó en 1984 con la aprobación del Acta de Reforma de Sentencias. Dicha acta creó en EE. UU. la Comisión de Sentencias que estableció guías con rangos restrictivos de condenas, basadas en el promedio histórico de las sentencias dictadas para cada tipo de caso. Con esta acción se sustituyó la discrecionalidad en las sentencias por una especie de regla flexible, la cual contribuyó a disminuir significativamente el ruido del sistema. No obstante, una oleada de opinión adversa contra esta regla, centrada en la deshumanización de la pena, provocó su eliminación en 2005.
Además de este episodio de la historia jurídica de EE. UU., Kahneman et al (2020) presentan en su libro múltiples casos de sentencias improcedentes en distintas partes del mundo, provocadas por el exceso de ruido en los sistemas judiciales de los países. Con extrema lucidez y basados en la evidencia empírica, estos científicos sociales muestran cómo dichas sentencias son comúnmente afectadas por variables irrelevantes como el clima y la temperatura, el estado físico y mental de los jueces, la hora en que la persona es juzgada e incluso, por cosas tan banales como si el juicio se celebra en la fecha de cumpleaños del acusado.
Cuidar la administración de justicia y procurar mejorar la equidad de las sentencias frente a delitos que son similares debe ser un imperativo en las sociedades democráticas donde los derechos de todos deben ser respetados. Esto equivale a minimizar el ruido tan común en los sistemas judiciales en que distintos jueces emiten juicios o toman decisiones ante problemas virtualmente idénticos. Aunque es posible diseñar estrategias para reducirlo y la obra de Kahneman está plagada de ellas, el problema no deja de ser complejo. Y es que como continuamente nos advierte el poeta urbano Joaquín Sabina no solo hay ruido, sino mucho mucho ruido, tanto tanto ruido, que al final por fin el fin…
____________________________________________
[1] Las excepciones en cuanto a la raza y el origen son W. Arthur Lewis, galardonado en 1979, y Amartya Sen, premiado en 1998, ambos con nacionalidad europea por haber nacido en colonias británicas.
[2] Esta identificación se hace con lo que se conoce como una auditoría de ruido sea en los tribunales, en las empresas, en los hospitales, en las universidades o en cualquier otra institución afectada por el ruido.
Referencias:
- Frankel, M. E. (1973). Criminal sentences: Law without order.
- Jennifer, K. R. (2005). Evaluating Juries by Comparison to Judges: A Benchmark for Judging?, 32 Fla. UL Rev, 469, 477-78.
- Kahneman, D., Sibony, O., & Sunstein, C. R. (2021). Noise: a flaw in human judgment. Little, Brown.
- Kahneman, D., Rosenfield, A. M., Gandhi, L., & Blaser, T. (2016). Noise. Harvard Bus Rev, 38-46.
- Kahneman, D. (2011). Thinking, fast and slow. Macmillan.
- Levitt, S. D., & Dubner, S. J. (2015). When to Rob a Bank: A Rogue Economist’s Guide to the World. Penguin UK.